PARTE II, CAPÍTULO II: DE LAS DEFICIONES
«Aprobado para su publicación por el Directorio de CONICIT el 4 de enero de 1999.»
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Parte II, Capítulo II: De las Definiciones


Artículo 3. Para los efectos del presente Código, se adoptan las siguientes definiciones:

1. Acido Desoxirribonucleico (ADN) y Acido Ribonucleico (ARN): Es el material genético que contiene información que determina las características hereditarias que son transmisibles a la descendencia.

2. ADN/ARN recombinante: Son moléculas que han sido manipuladas fuera de las células vivas, mediante la modificación de segmentos de ADN/ARN naturales o sintéticos, los cuales pueden multiplicarse en una célula viva o también moléculas que resulten de la replicación de aquellas moléculas descritas arriba.

3. Accidente: Es cualquier proceso que implique una liberación involuntaria de Organismos Modificados Genéticamente (OMG), sus derivados y/o productos que los contengan, durante una actividad específica que se realice con el mismo.

4. Almacenamiento: Es la acumulación ordenada y clasificada con una finalidad determinada de material biológico que se usa en experimentación.

5. Ambiente: Lo constituye el agua, el aire y el suelo, y su interrelación, así como las relaciones entre estos elementos y los organismos vivos, incluyendo al hombre.

6. Autoridad nacional competente: Es el organismo gubernamental encargado de expedir el Registro Nacional y coordinar o regular las acciones que se deriven de la realización de cualquier actividad con Organismos Modificados Genéticamente (OMG), sus derivados o productos que los contengan.

7. Bioética: Es el estudio de los problemas éticos vinculados a la investigación biológica.

8. Bioseguridad: Son las medidas de previsión reconocidas internacionalmente para el manejo de agentes biológicos en laboratorios. Modernamente se incorporan también las acciones o medidas de seguridad requeridas para minimizar los riesgos derivados del manejo de un Organismo Modificado Genéticamente, sus derivados o productos que lo contengan, y la utilización de la tecnología del ADN recombinante (ingeniería genética) y otras técnicas moleculares más recientes.

9. Biotecnología: Lo constituye toda aplicación tecnológica que utilice sistemas biológicos y organismos vivos o sus derivados para la creación o modificaciones de productos o procesos para usos específicos (generación de bienes y servicios).

10. Comercialización: Es el proceso general de promoción de un producto, incluyendo la publicidad, relaciones públicas y servicios de información, así como su distribución y venta en los mercados nacionales e internacionales.

11. Confinamiento: Es el proceso mediante el cual se mantiene bajo control un Organismo Modificado Genéticamente, sus derivados y/o productos que lo contengan, fuera de las instalaciones (laboratorio, invernadero u otras) evitando su dispersión. Este proceso puede lograrse por medio del confinamiento físico y/o el confinamiento biológico (empleo de organismos que tienen una capacidad reducida de sobrevivir o de reproducirse en el medio natural).

12. Comisión Nacional de Bioseguridad (CNBio): Es el órgano auxiliar de consulta de la autoridad nacional competente en el registro, control y fiscalización de la bioseguridad, el cual está integrado por un cuerpo colegiado, especialista en materias relacionadas.

13. Comité Interno de Bioseguridad: Es el Comité creado por cada institución, centro o laboratorio que realice actividades con técnicas de ingeniería genética, OMG, sus derivados o productos que los contengan, cuyos miembros, en forma colectiva, tienen la experiencia y experticia en estas tecnologías y la capacidad para evaluar la seguridad en la investigación en la materia y para identificar cualquier riesgo potencial para la salud pública o el ambiente.

14. Control: Es la actividad de supervisión, seguimiento y vigilancia por medio de la cual se verifica el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este Código.

15. Diversidad biológica: Es la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y en los ecosistemas.

16. Ecosistema: Es un conjunto dinámico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos en su medio no viviente que interactúan como una unidad funcional.

17. Embalaje: Es el proceso mediante el cual se prepara y protege debidamente los productos envasados, identificando su contenido, para facilitar su manejo en las operaciones de transporte y almacenamiento.

18. Envase: Es un recipiente, con etiqueta, que contiene un producto para protegerlo o conservarlo y que facilita su manipulación, almacenamiento y distribución.

19. Ética: Es la rama de la filosofía que tiene por objeto el estudio de la moral.

20. Etiqueta: Es un letrero, impreso o gráfico que va adherido sobre el envase que contiene cualquier material usado en laboratorio.

21. Evaluación de riesgo: Es el estudio basado en un análisis científico para la estimación de daños posibles, probabilidad de ocurrencia y escala para estimar su magnitud, en la realización de actividades con Organismos Modificados Genéticamente, sus derivados y/o productos que los contengan.

22. Gestión de riesgos: Es la aplicación de medidas apropiadas para minimizar los riesgos identificados y los que puedan presentarse durante el proceso de realización de una actividad determinada con un Organismo Modificado Genéticamente, sus derivados y/o productos que los contengan.

23. Gen: Es la unidad básica hereditaria que se localiza en los cromosomas de las células y se duplica durante cada división celular; este mecanismo permite la transmisión de los caracteres hereditarios del organismo progenitor a sus descendientes.

24. Germoplasma: Es un conjunto formado por el total del material hereditario (o banco genético), que contiene todas las posibles variaciones que presentan una o varias especies, poblaciones y grupos.

25. Ingeniería genética: Es el conjunto de técnicas de manipulación de la información genética (ADN o ARN recombinante) in vitro.

26. Inserto: Es el ácido nucléico (ADN o ARN).

27. Institución: Para este ámbito se refiere a cualquier entidad pública o privada que presente proyecto ante el CONICIT.

28. Introducción de un Organismo Modificado Genéticamente (OMG): Es el proceso mediante el cual un Organismo Modificado Genéticamente, sus derivados y/o productos que los contengan, es ingresado al país por parte de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, con fines de manejo.

29. Invernadero: Es una estructura física con techo y paredes adecuadas, donde las condiciones ambientales de iluminación, temperatura y humedad relativa, son controladas, a fin de mantener las plantas en condiciones especiales.

30. Liberación intencional o deliberada: Se refiere a la planeación de introducir al ambiente, microorganismos, plantas o animales que contengan ADN recombinante.

31. Manipulación genética: Son las técnicas de ingeniería genética que se usan con el propósito de alterar o modificar el caudal hereditario de alguna especie; esto es, lograr un organismo con características hasta ese momento inexistentes en la especie, con fines experimentales, industriales o comerciales.

32. Material genético: Es el material de origen vegetal, animal o microbiano o de otro tipo que contenga unidades funcionales de la herencia.

33. Moral: Es el conjunto de preceptos que el hombre establece para conducir su conducta según estime lo correcto y lo incorrecto.

34. Organismo: Es cualquier entidad biológica capaz de reproducirse o de transferir material genético, incluyéndose dentro de este concepto a las entidades microbiológicas, sean o no celulares.

35. Organismo donante: Es el organismo del cual se extrae el material genético para ser insertado dentro o en combinación con otro organismo.

36. Organismo receptor: Es el organismo que recibe material genético de un organismo donador.

37. Organismo Modificado Genéticamente (OMG): Es cualquier organismo cuyo material genético ha sido modificado por técnicas de ingeniería genética; es decir, a través de un proceso inducido, el cual no ocurre naturalmente por cruzamiento o recombinación natural.

38. Organismos parentales: Son organismos de los cuales se deriva un organismo con rasgos nuevos.

39. Planta transgénica: Es una planta cuyo ADN hereditario fue transformado por medio de la adición de ADN de una fuente diferente del germoplasma parental, con uso de técnicas de ingeniería genética.

40. Producción: Es el proceso de obtención de una forma comercial de un OMG, sus derivados y/o productos que los contengan. Comprende también las operaciones de control de calidad y envasado final para su comercialización.

41. Producto derivado de un Organismo Modificado Genéticamente: Se refiere a un producto originado a partir de un OMG, viables de reproducción o de transmitir material genético.

42. Registro: Es el proceso de inscripción que deben hacer los productores y los comercializadores de los productos ante el Ministerio de Agricultura y Cría a través del Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria, por medio del cual el interesado garantiza cumplir con las normas establecidas en la actividad a realizar.

43. Riesgo: Es la probabilidad de que cualquier organismo cause efectos adversos a la salud humana, al ambiente, a la diversidad biológica y a la producción agropecuaria.

44. Seguridad: Es la condición de estar prevenido de un riesgo o peligro.

45. Transportar: Es la movilización o traslado de un lugar a otro, en este caso de cualquier material vinculado a la actividad de laboratorio.

46. Umbráculo: Es un área delimitada por techo y paredes donde se controla fundamentalmente la radiación solar y es utilizada para el mantenimiento de plantas.

47. Utilización confinada: Es cualquier operación que implique actividades con organismos controlados por barreras físicas, o una combinación de barreras físicas y/o químicas y/o biológicas, que limiten su contacto con el entorno potencialmente receptor - lo cual incluye los seres humanos - o sus efectos en él.



[Página mantenida por el Prof. Rafael Martín Landrove, revisada el 2 de mayo de 2001]


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