PARTE II, CAPÍTULO VII: DE LA UTILIZACIÓN DE LAS TÉCNICAS DE INGENIERÍA GENÉTICA Y/O USOS DE OMG, SUS DERIVADOS O PRODUCTOS QUE LOS CONTENGAN, EN CODICIONES DE CONFINAMIENTO
«Aprobado para su publicación por el Directorio de CONICIT el 4 de enero de 1999.»
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Parte II, Capítulo VII: De la Utilización de las Técnicas de Ingeniería Genética y/o Usos de OMG, sus Derivados o Productos que los Contenga, en Condiciones de Confinamiento


Artículo 9. Las prácticas y especificaciones relativas a contención serán de dos tipos: biológicas y físicas.

1. Contención Biológica, referida al uso de los organismos y/o vectores que han sufrido alteraciones genéticas, de modo que tienen pocas posibilidades de sobrevivir o de reproducirse, excepto en determinadas condiciones artificiales.

2. Contención Física, referida al uso de construcciones especiales, equipos y procedimientos para prevenir el escape de organismos. Las siguientes medidas de Bioseguridad serán consideradas de acuerdo al lugar donde se realice la investigación con OMG:

a. Bioseguridad en laboratorios: Las actitudes y acciones de quienes trabajan en un laboratorio determinan su propia seguridad, la de sus colegas y la de la comunidad. Los equipos y el diseño de los laboratorios contribuyen a la seguridad sólo si ellos son usados apropiadamente por personas conocedoras de las normativas de bioseguridad y son responsables de su cumplimiento.

Los laboratorios se clasifican en tres categorías, de acuerdo a la actividad que en ellos se lleve a cabo. Por normas de identificación, cada laboratorio debe portar a la entrada del mismo, un resumen de sus prácticas de operación y la categoría que le corresponde.

Categoría Bioseguridad A

Estos laboratorios son adecuados para trabajar con organismos vivos o muertos; excluye OMG o agentes patogénicos de plantas o artrópodos. Sus instalaciones deben incluir un lavadero. Las mesas y pisos deben estar cubiertos con superficies moderadamente resistentes a productos químicos.

Prácticas regulares:

1. El laboratorio se debe mantener completamente limpio y ordenado. La presencia de materiales no pertinentes al trabajo debe ser minimizado.

2. No se permite almacenamiento de productos químicos en los laboratorios.

3. La ropa de laboratorio (uniformes, batas, etc.) debe estar disponible y ser usada apropiadamente por todo el personal, incluyendo visitantes, entrenadores y otras personas que entren o trabajen en el laboratorio. Esta ropa no debe ser usada fuera del área del laboratorio.

4. Para todos los procedimientos que puedan involucrar contacto directo con la piel de sustancias u organismos que puedan ser tóxicos, se debe usar guantes. Asimismo, los anillos y joyas deben ser removidos de manera de evitar que interfieran con el buen uso de estos; los cuales, una vez utilizados, deben ser removidos y descontaminados cuidadosamente con los otros desechos del laboratorio antes de su disposición final. Los guantes reusables (de aislamiento, resistentes a ácidos y otros) deben ser apropiadamente esterilizados.

5. Para salvaguardar el área de los ojos de salpicaduras, objetos o substancias peligrosas, luz ultravioleta u otros rayos, deben usarse lentes, mascarillas y otros implementos.

6. Las áreas del laboratorio están destinadas estrictamente a las actividades de investigación, por lo cual se excluye cualquier otro uso, inclusive la manipulación y consumo de alimentos, la aplicación de cosméticos y la aplicación y manipulación de lentes de contacto.

7. El pipeteo oral de cualquier sustancia está prohibido en cualquier laboratorio.

8. Después que los guantes sean removidos, las manos deben ser lavadas antes de la salida del laboratorio y en cualquier momento después de manejar materiales que estén contaminados o que se sospeche su contaminación.

9. El cabello largo debe ser recogido.

10. Las superficies de trabajo deben ser descontaminadas con agua jabonosa y alcohol, al menos dos veces a la semana.

11. Todos los materiales líquidos o sólidos contaminados o infectados deben ser esterilizados antes de volver a usarlos o desecharlos.


Categoría Bioseguridad B

Este tipo de laboratorio está diseñado para realizar trabajos con organismos que no requieren cuarentena, microorganismos y ciertos agentes patogénicos, así como el uso de técnicas que utilicen sustancias peligrosas. Estos ambientes deben tener una campana extractora con ventilación adecuada, las facilidades de contención citadas anteriormente y, deseable, el uso de una autoclave.

Además de las reglamentaciones aplicables a la categoría A, se incluyen las siguientes:

1. El acceso a este tipo de laboratorio está restringido y no será permitida la entrada de personas ajenas a las actividades realizadas en las áreas de trabajo.

2. Todos los procedimientos técnicos deben ser realizados de una manera que minimice el derrame de líquidos o la dispersión de partículas sólidas.

3. Las superficies de trabajo deben estar limpias y descontaminadas con desinfectantes adecuados al final del día o después de cualquier derrame de algún material potencialmente peligroso. Las superficies de mesas y pisos deben ser resistentes a la acción de productos químicos, y en caso de estar dañadas o agrietadas deben ser reparadas.

4. La descontaminación por incineración de los desechos antes de su eliminación, debe ser hecha en una facilidad central, lejos del laboratorio.

5. Para trabajos con organismos de alto riesgo debe designarse un área específica, sólo destinadas a tal fin.

6. Los trabajos con productos químicos que generen gases o tengan riesgo de explosión deben ser realizados bajo una campana extractora.

7. En todas las áreas del laboratorio deben usarse zapatos adecuados, cerrados y preferiblemente de suelas no deslizantes.


Categoría Bioseguridad C

Este nivel de confinamiento responde a las medidas de seguridad más rigurosas. Incluye todas las prácticas aplicadas a las categorías A y B, además de las siguientes:

1. Las superficies de trabajo deben ser descontaminadas frecuentemente después del derrame de material peligroso, usando sustancias descontaminantes apropiadas y toallas o paños de limpieza desechables.

2. Los materiales contaminados con elementos radioactivos y su proceso de desecho deben ser tratados adecuadamente antes de su eliminación. En el caso de materiales contaminados que tengan que ser autoclavados o incinerados fuera del laboratorio, los recipientes que los contienen deben ser previamente desinfectados químicamente o en su defecto deben ser colocados en otro recipiente.

3. El personal debe estar protegido según las indicaciones cuando se encuentre en contacto con un OMG o con agentes biológicos peligrosos.

4. El acceso a los laboratorios debe ser estrictamente limitado. Se especifica puntualmente, que no deben ser permitidos en el laboratorio o en áreas de apoyo, la presencia de niños y menores de 18 años. Asimismo, a las mujeres embarazadas y a las personas con problemas inmunológicos, se les debe advertir de los riesgos asociados.

5. Debido a que esta categoría de laboratorio están asignados específicamente para guardar y trabajar con OMG y agentes biológicos peligrosos necesarios en la investigación, deben estar ubicados, preferiblemente, dentro de un complejo de bioseguridad que incluya invernaderos y cámaras de crecimiento con cabinas de seguridad biológica. Además, deben instalarse filtros de aire eficientes, tipo HEPA adicionales a las facilidades de contención de las categorías A y B.


b. Bioseguridad en invernaderos, umbráculos u otras estructuras de semiconfinamiento:

1. El acceso a los invernaderos está permitido sólo a personal autorizado. Para trabajos con OMG y agentes biológicos peligrosos debe disponerse de invernaderos específicamente asignados. Los invernaderos deben permanecer cerrados todo el tiempo y deben estar señalizados y las condiciones de regulación inscritas en la entrada. La circulación del aire no debe permitir la diseminación de polen o de OMG fuera del invernadero.

2. De los invernaderos no debe salir ningún material vegetal vivo o sus partes, o cualquier tipo de agente biológico peligroso; estos deben ser autoclavados antes de su eliminación. Los materiales vivientes cuyo almacenaje se haga en otras facilidades, deben ser apropiadamente aislados para su transporte.

3. En experimentos con agentes biológicos peligrosos, el desagüe debe ser tratado químicamente.

4. Las batas para uso exclusivo dentro de los invernaderos deben ser siempre utilizadas dentro de ellos y el lavado de manos es obligatorio al entrar o salir del invernadero. Las batas y otros artículos usados en estos invernaderos deben ser regularmente desinfectados.

5. En el piso de la entrada debe ser ubicada una esponja de desinfección embebida con una sustancia descontaminante de tal forma que la entrada y salida sea obligatoriamente hecha caminando a través de ella.

6. Todos los implementos para trabajar en el invernadero con restricción deben permanecer dentro de ellos.

7. Los agentes biológicos peligrosos están prohibidos para estudios con su vector, excepto en casos especiales y con la aprobación de la autoridad gubernamental competente.



[Página mantenida por el Prof. Rafael Martín Landrove, revisada el 3 de mayo de 2001]


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